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¡No trabajas con OTIC! Conoce los pasos para inscribir curso de capacitación en SENCE. 

La Franquicia Tributaria es el incentivo tributario establecido por la ley N° 19.518 que se otorga a las empresas clasificadas por el Servicio de Impuestos Internos como Contribuyente de Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta y que tengan una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM. Esta franquicia consistente en la posibilidad de descontar del impuesto a la renta a pagar anualmente, hasta la concurrencia del 1% de la planilla anual de remuneraciones del conjunto de trabajadores contratados, por concepto de los gastos en los que haya incurrido por la realización de acciones de capacitación informadas al SENCE y visadas por este servicio con anterioridad a su comienzo. 

La franquicia tributaria de SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo) es una herramienta invaluable para el desarrollo de los empleados y el crecimiento de las empresas.  Aunque es atractivo pagar menos impuesto a la renta, solo las empresas que pueden optar al 1% son aquellas que su planilla anual de remuneraciones supera las 900 UTM. Si la plantilla es menor a eso puede franquiciar entre 7 y 9 UTM, algo así como entre 400 mil y 600 mil, dependiendo del valor de la UTM y el tramo en el que se ubique la planilla.  

En general las empresas que tienen la opción de franquiciar el 1% trabajan con Organismo Técnicos intermedios de Capacitación, y son ellos los que inscriben la actividad en SENCE, contactan uy contratan a los OTEC para ejecutar los programas, etc., ocupándose de todo el proceso. 

Sin embargo, para muchas empresas que no cuentan con una Organización Técnica de Capacitación (OTIC), el proceso de inscripción de cursos puede parecer tan desafiante y engorroso que prefieren perder la franquicia, antes que utilizarla. 

 En este blog, explicaremos paso a paso cómo una empresa que no opera como OTIC puede inscribir cursos a través de SENCE y aprovechar al máximo esta valiosa oportunidad de capacitación. 

Paso 1: Registro en el Sistema de SENCE 

El primer paso es registrarse en el sistema de SENCE. Para hacerlo, la empresa debe acceder al portal web de SENCE (https://cus.sence.cl/Account/RegistrarPj?returnUrl= ) y seguir los pasos de registro. Se requerirá información básica de la empresa, como su RUT y datos de contacto. 

Paso 2: Comunicar la actividad de capacitación  

Si la empresa ya ha acordado con un OTEC el curso a ejecutar, la primera acción que debe realizar es comunicar la actividad a realizar al Sence. Para ello la empresa debe completar el “Formulario Único de Comunicación, Rectificación y Liquidación de Acciones de Capacitación” (FUC), registrando en él toda la información que solicita, incluyendo los datos ya obtenidos previamente ante el OTEC con el cual se desea llevar a cabo la capacitación. Este formulario se descarga en sence.gob.cl y debe ser presentado hasta un día hábil antes de que comience la capacitación. 

Paso 3: Obtención del Número de registro 

Una vez que SENCE aprueba la ejecución del curso de capacitación, entrega un número de registro, este número es la identificación que se le asigna a una actividad de capacitación al momento de su comunicación para su posterior monitoreo y seguimiento. Este número, debe ser enviado al OTEC junto a los datos de la capacitación, nómina de participantes entre otros. 

Paso 4: Ejecución de la actividad de capacitación 

Se ejecuta la actividad de capacitación conforme a lo informado, puede ocurrir que ocurran ciertos imprevistos y que se requiera de una rectificación de la capacitación. Los cambios que se pueden efectuar a las actividades de capacitación dependerán de la causal invocada y del momento de la ejecución de ésta (antes de la fecha de inicio de la actividad, antes de su fecha de término, antes de la liquidación de la actividad o cuando ésta ya se encuentre liquidada).  

Las modificaciones permitidas y no permitidas están definidas en la Resolución Exenta N°2234  

Paso 5: Finalizar el curso ante SENCE

Una vez finalizado el curso, la empresa podrá de manera opcional pre-liquidar, para ello debe informar a SENCE a través del sistema el número de documento, fecha de pago del curso y el porcentaje de asistencia de los participantes. Este proceso debe realizarse hasta 45 días corridos, contados desde la fecha de término del curso. Para liquidar la actividad de capacitación, la empresa debe obligadamente enviar la documentación de liquidación, de acuerdo con la modalidad de instrucción del curso: 

PresencialE-learningA distancia
Certificado de asistenciaDeclaración Jurada (DJ) participantesDJ participantes, más copia CI
FacturaDJ ejecutor (OTEC/Empresa)DJ ejecutor (OTEC/Empresa)
Comprobante de pagoFacturaFactura
Comprobante de pagoComprobante de Pago

El plazo máximo para la entrega de documentación hasta 60 días corridos contando desde la fecha de término del curso. 

Cuando las empresas no cuentan con una OTIC es importante pedir el apoyo de la OTEC, para que los procesos y plazos se cumplan.  

Aunque una empresa no tenga una OTIC asociada, puede acceder a los beneficios de la franquicia tributaria de SENCE a través de un proceso de inscripción bien planificado y estructurado.  

Al alinear los cursos con las necesidades de capacitación de los empleados y seguir los pasos requeridos por SENCE, las empresas pueden aprovechar esta valiosa oportunidad para mejorar las habilidades de su fuerza laboral y promover su crecimiento y competitividad en el mercado. La capacitación efectiva es clave en el desarrollo continuo de las empresas y sus empleados, y SENCE proporciona un camino accesible para lograrlo.  

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